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Canal de Denuncias

ANEXO I

Conductas denunciables a través del Canal de Denuncias

Las conductas denunciables a través del Canal de Denuncias de Xeridia comprenden cualquier incumplimiento de los principios y normas de conducta establecidas en su Código de Buenas Prácticas y demás políticas incluidas en el ámbito de los Sistemas de Gestión Integral.

Asimismo, también serán denunciables aquellas conductas tipificadas en el Código Penal y los delitos previstos en otras leyes especiales, susceptibles de generar responsabilidad penal para el Grupo, tales como:

  • Cohecho: Ofrecer o entregar a funcionarios, autoridades, organismos y administraciones públicas un regalo compensación, económica o de cualquier naturaleza, con la intención de obtener un beneficio para  Xeridia, sea lícito o ilícito.
  • Tráfico de influencias : Influir igualmente, aprovechándose de cualquier situación derivada de una relación personal, para conseguir una resolución que pueda generar, directa o indirectamente, un beneficio económico para Xeridia.
  • Corrupción en los negocios : Que un directivo, administrador, empleado o colaborador, de Xeridia por sí o por persona interpuesta, reciba, solicite o acepte un beneficio o ventaja no justificados de cualquier naturaleza, para sí o para un tercero, como contraprestación para favorecer indebidamente a otro en la adquisición o venta de mercancías, o en la contratación de servicios o en las relaciones comerciales. En sentido contrario, la promesa u concesión del beneficio a un tercero para la adquisición o venta de productos en las relaciones comerciales.
  • Corrupción en las transacciones internacionales : Ofrecer o entregar un beneficio o ventaja indebidos a funcionarios públicos para obtener un trato de favor en la realización de actividades económicas internacionales.
  • Estafa: Engañar a otro, con ánimo de lucro, para que realice un acto de disposición que le perjudique a él mismo o a un tercero.
  • Publicidad engañosa : Realizar ofertas o publicidad de productos o servicios, donde se hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas sobre los mismos, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores.
  • Descubrimiento y revelación de secretos de empresa : Apoderarse por cualquier medio de datos, documentos ya sean escritos o electrónicos, soportes informáticos u otros objetos que constituyan información confidencial de otra empresa, entidad, etc., para su uso, difusión, revelación, o cesión.
  • Fraude de subvenciones : Obtener subvenciones o ayudas de las Administraciones Públicas en una cantidad o por un valor superior a 120.000 euros falseando las condiciones requeridas para su concesión ocultando las que la hubiesen impedido.
  • Fraude a la Hacienda Pública : Defraudar a la Hacienda Pública (estatal, autonómica, foral o local) en un importe superior a 120.000 euros; eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieren debido retener o ingresos a cuenta de retribuciones en especie, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando de beneficios fiscales de la misma forma.
  • Fraude a la Seguridad Social: Eludir el pago de las cuotas de la Seguridad Social obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando deducciones de forma indebida.
  • Incumplimiento y falsedad de obligaciones contables : Incumplir de manera grave la obligación de llevar contabilidad mercantil y libros y/o registros contables. Representa un tipo delictivo que suele ir aparejado a otras conductas defraudatorias, pues éstas suelen llevarse a cabo por medio de doble contabilidad y falsas anotaciones contables.
  • Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente: Provocar o realizar directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones, excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depósitos, en la atmósfera, el suelo, el subsuelo o las aguas terrestres, subterráneas o marítimas; establecer depósitos o vertederos de desechos o residuos sólidos o líquidos que sean tóxicos o peligrosos y puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales o la salud de las personas.
  • Frustración de la ejecución : Realizar cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que entorpezca o impida que se lleve a cabo un embargo o un procedimiento de reclamación de cantidad. Ocultar bienes en un procedimiento judicial o administrativo de ejecución. Utilizar sin autorización del depositario de bienes embargados por la autoridad.
  • Insolvencias punibles: En el supuesto de que la sociedad se encontrara en concurso, se produciría este delito cuando se realizara un acto de disposición patrimonial para reducir indebidamente el patrimonio que es garantía del cumplimiento de las obligaciones, o dificultar o imposibilitar el conocimiento por el acreedor de la verdadera situación económica del deudor.
  • Delitos contra la Propiedad Intelectual: Reproducir, plagiar, o comunicar públicamente, en todo o en parte, una obra literaria (libro), artística (cuadro o fotografía) o científica (teoría específica, aplicaciones o programas informáticos), o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares. Por ejemplo, este delito es aplicable para aquellos casos en que se utilicen aplicaciones o programas informáticos sin la correspondiente licencia de uso.
  • Delitos contra la Propiedad Industrial: Reproducir, imitar, etc. un signo distintivo sin consentimiento del titular, de modo que se consiga otro signo idéntico o confundible con aquel, para distinguir los mismos o similares productos, servicios, actividades o establecimientos.
  • Daños informáticos: Borrar, dañar, deteriorar, suprimir o hacer inaccesibles, datos, programas informáticos o documentos electrónicos ajenos, sin autorización y cuando el resultado producido fuera grave. Impedir u obstaculizar el funcionamiento de sistemas informáticos ajenos.
  • Falsificación de moneda y efectos timbrados: Alterar o fabricar moneda falsa. Introducir en el país o exporte moneda falsa o alterada. Transportar, expender o distribuir moneda falsa o alterada con conocimiento de su falsedad.
  • Delitos contra la intimidad personal y familiar: Apoderarse, utilizar o modificar, sin autorización y en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos o en cualquier otro archivo o registro público o privado. Acceder ilícitamente a un sistema informático para apoderarse de datos de carácter personal contenidos en el mismo.
  • Contra los derechos de los ciudadanos extranjeros: Promover, favorecer o facilitar el tráfico ilegal o la inmigración clandestina.
  • Blanqueo de Capitales: Aceptar fondos, depósitos, etc. que tengan su origen en la comisión de un delito, o realizar cualquier otro acto para ocultar dicho origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción. Se puede cometer de manera imprudente si se actúa sin la diligencia debida, es decir, no es necesario que el autor quiera y conozca que el delito va a cometerse.
  • Financiación del terrorismo: Proveer, recolectar o aceptar fondos con la intención de que se utilicen para cometer delitos relacionados con organizaciones y grupos terroristas.
  • Delito contra la salud pública: Ofrecer en el mercado productos que sean nocivos para la salud, y/o que no cumplan con los requisitos de caducidad o composición establecidos por las leyes o reglamentos. También elaborar sustancias nocivas para la salud, despacharlas, suministrarlas o comerciar con ellas.
  • Contra los derechos de los trabajadores: Poner en grave peligro la vida, salud y seguridad de los trabajadores debido a la infracción de las normas de prevención de riesgos laborales. Este delito se puede cometer de forma imprudente. Utilizar engaño o abuso de una situación de necesidad para imponer a los trabajadores condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan sus derechos. Imponer condiciones de trabajo inadecuadas o contrarias a la seguridad y salud laboral; tratar a los trabajadores en condiciones de desigualdad y discriminación; impedir o limitar el derecho de libertad sindical.
  • Delito bursátil: Usar o suministrar alguna información relevante para la cotización de cualquier clase de instrumentos financieros. Difundir noticias o rumores sobre personas o empresas, a sabiendas de su falsedad, con el fin de alterar o preservar el precio de la cotización de un valor o instrumento financiero. Falsear la información económico-financiera contenida en los folletos de emisión de cualesquiera instrumentos financieros.
  • Manipulación de sustancias tóxicas, corrosivas y otras: Contravenir las normas de seguridad establecidas en la fabricación, manipulación, transporte, tenencia o comercialización de explosivos, Sustancias inflamables o corrosivas, tóxicas y asfixiantes poniendo en peligro concreto la vida, integridad física o salud de las personas o medio ambiente.
  • Negativa a la actividad inspectora: Negativa a la colaboración con las autoridades inspectoras sobre aquellas sociedades sujetas o que actúen en mercados sometidos a supervisión administrativa.
  • Financiación ilegal de partidos políticos: Entregar donaciones o aportaciones destinadas a un partido político, federación, coalición o agrupación de electores de forma ilegal.
  • Facturación fraudulenta: Alterar o manipular los aparatos automáticos que miden el coste de los productos vendidos o servicios ofertados (contadores, taxímetros, etc.) con el objetivo de facturar cantidades superiores, causando un perjuicio al consumidor.
  • Contrabando: Importar o exportar mercancías de lícito comercio de forma irregular, siempre que el valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos sea igual o superior a 150.000 euros. Incumplir de cualquier otra forma la normativa aduanera.
  • Alteración de precios en concursos y subastas públicas: Solicitar algún beneficio para no tomar parte en un concurso o subasta pública, intentar alejar de ella a los postores por medio de amenazas, dádivas, promesas o cualquier otro artificio, concertar con otro postor con el fin de alterar el precio del remate, o abandonar fraudulentamente una subasta habiendo obtenido la adjudicación.
  • Fijación de precios: Alterar los precios que hubieren de resultar de la libre concurrencia de productos o servicios
  • Delitos contra la libertad sexual, acoso sexual y acoso por razón de sexo: Cualquier conducta de naturaleza sexual no deseada y que pueda ser percibida u ocasione ofensa o humillación a una persona. Cuando tal conducta interfiere con el trabajo, o crea un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo. Si bien por lo general implica un patrón de comportamiento, también puede tomar la forma de un solo incidente. Hay que diferenciar el “acoso sexual” del “acoso por razón de sexo” dado que éste último constituye un tipo de acoso discriminatorio sobre Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres como “cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona o de su identidad de género, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo”.